Artículos
More Website Templates @ TemplateMonster.com - March 10, 2014!
Representante común en copropiedad o sociedad conyugal
76.- Para los efectos de lo dispuesto en el artÃculo 32, antepenúltimo párrafo de la Ley, los copropietarios y los integrantes de una sociedad conyugal, deberán designar un representante común cuando los actos o actividades deriven de bienes en copropiedad o sujetos al régimen de sociedad conyugal.